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ESPECIAL: ESTADO DE JUICIOS Y PROCESOS DE MINERA LOS PELAMBRES

Especial: Juicios contra el Tranque El Mauro de Minera Los Pelambres

Tranque de Relaves El Mauro ubicado en la IV región de Coquimbo

Resumen Juicios El Mauro – agosto 2016

• El Mauro es un depósito de relaves, evaluado ambientalmente y autorizado a operar de acuerdo a la Resolución de Calificación Ambiental N° 38 de fecha 07 de abril del 2004, que calificó ambientalmente favorable el Proyecto Integral de Desarrollo (PID). Adicionalmente, El Mauro cuenta con los permisos sectoriales exigidos para obras de esta naturaleza, como son el permiso “Proyecto Construcción Tranque de Relaves” aprobado mediante Resolución N° 2623 de Sernageomin de fecha 29 de diciembre de 2004 y los de “Construcción o Modificación de Obras Hidráulicas” y “Funcionamiento Modificación de Cauce” otorgados por la Dirección General de Aguas mediante Resolución N° 1791 de fecha 30 de noviembre 2005.

• El Mauro está ubicado en una zona de secano costero, en un valle que no es agrícola, a 13 kilómetros de la localidad de Caimanes, comuna de Los Vilos.

• Fue construido en este lugar luego de analizar otras 25 opciones. En su diseño y construcción se aplicaron los máximos estándares de seguridad internacionales.

• Ni el tranque ni minera Los Pelambres utiliza agua del valle del Pupío. El agua que llega junto con los relaves depositados en El Mauro proviene desde el valle del Choapa y la mayor parte es devuelta a las plantas mineras para su reutilización.

• Gracias a canales de contornos y a un embalse de cola, entre otras medidas, el tranque El Mauro no afecta la cantidad ni la calidad de las aguas que fluyen por el estero Pupío.

• Tampoco influye sobre la calidad o cantidad del agua disponible para el sistema de Agua Potable Rural de la localidad de Caimanes, el que siempre se ha alimentado desde pozos profundos.

• Distintos estudios realizados por especialistas y empresas de ingeniería, certifican que el tranque es capaz de soportar terremotos mucho mayores al máximo esperable para esta zona.

• El Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) y la Dirección General de Aguas, como organismos competentes y especializados, fiscalizan periódicamente la operación y estado del tranque El Mauro. Los resultados de estas fiscalizaciones comprueban que El Mauro opera de acuerdo a diseño, no habiéndose detectado en estos 8 años de funcionamiento ningún problema en su operación que pueda poner en riesgo la seguridad del tranque.


Desde su construcción el Tranque El Mauro de Minera Los Pelambres enfrentó la oposición de parte de la comunidad de Caimanes y del Valle del Pupío, lo que se expresó en dos procesos judiciales: juicio por Obra ruinosa y juicio por Obra Nueva.

En términos generales, un juicio por Obra Ruinosa apunta a obtener la demolición o reparación de cualquier obra o construcción que amenace de manera inminente con caerse o causar perjuicios a la integridad de las personas. En el caso de El Mauro, los demandantes solicitaron la demolición del tranque por un supuesto problema de filtración en el sistema de conducción del relave y, según se afirma, no contar con los permisos de construcción, argumentos que fueron desestimados durante el proceso judicial.

Recientemente, la Corte de Apelaciones de La Serena emitió el fallo sobre el juicio por Obra Ruinosa, rechazando la denuncia interpuesta por la sociedad colectiva conformada por un grupo de vecinos de Caimanes.

En mayo de 2016 se presentó ante la Corte Suprema un avenimiento entre las partes, el que fue alcanzado luego de un proceso de diálogo abierto con la comunidad de Caimanes y el Valle del Pupío que se inició en abril del 2015 y que incluyó 13 instancias de diálogo, en las cuales se consensuó un acuerdo que considera: Plan de Obras que aseguran la disponibilidad de agua en cantidad y calidad; Plan de Obras que dan mayor tranquilidad a la población respecto a la seguridad del tranque; Fondo de Desarrollo Familiar, para proyectos familiares en temas como emprendimiento, educación, salud o vivienda y Plan de Desarrollo Comunitario, para proyectos o programas que defina abiertamente la comunidad.

En resolución dictada el miércoles 1 de junio, la Corte Suprema dio por desistidos los recursos de casación en la forma y en el fondo referidos al juicio por denuncia de obra ruinosa, aceptando los términos del avenimiento presentados a nombre de Minera Los Pelambres y los residentes de las localidades de Caimanes y el valle de Pupío.

De esta manera, la Corte Suprema desestimó todos los requerimientos presentados por los demandantes y el avenimiento va a la Corte de Apelaciones para su ratificación.

El juicio de Obra Nueva, en cambio, busca que la construcción del tranque no genere impactos sobre los derechos que puedan tener las comunidades vecinas. En este contexto, en octubre de 2014 la Corte Suprema ordenó asegurar el libre escurrimiento de las aguas del estero Pupío hacia el poblado de Caimanes y solicitó a Minera Los Pelambres presentar un plan de obras para tal fin, las que podían consistir en la demolición total o parcial del muro del tranque o bien en otras obras principales o complementarias.

En noviembre de 2014, Minera Los Pelambres presentó un plan de obras que reforzaban y perfeccionaban lo que ya se estaba realizando con el fin de permitir el escurrimiento natural de las aguas al estero Pupío. En marzo de 2015 este plan fue desestimado por el juez de Los Vilos, quien ordenó la demolición de la pared del tranque El Mauro.

Minera Los Pelambres presentó recursos contra esta decisión ante la Corte de Apelaciones de La Serena, los que fueron aceptados por el tribunal, que revocó la orden de demolición del tranque a partir de un análisis encargado por el Tribunal a un experto hidráulico, quien confirmó que el plan de obras propuesto por la minera permite cumplir el fallo de la Corte Suprema respecto al escurrimiento de las aguas del estero Pupío hacia Caimanes.

Luego de cinco meses de trabajo, el ingeniero Alejandro López Alvarado, perito nombrado por la Corte de Apelaciones de La Serena, emitió un informe sobre las obras acordadas entre la comunidad y Minera Los Pelambres para garantizar el libre tránsito de las aguas del estero Pupío hacia la localidad de Caimanes, sin contacto con el relave almacenado en el tranque El Mauro.

Con fecha 8 de agosto de 2016 la Corte de Apelaciones de La Serena dio a conocer el fallo que deja sin efecto la orden de demolición del muro del tranque de relaves El Mauro, dictada en marzo de 2015 por el Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos en el marco del juicio por “obra nueva”.

Según el fallo de la Corte de Apelaciones, en el informe se establece que el plan de obras presentado por Los Pelambres permite cumplir el fallo de la Corte Suprema respecto al escurrimiento de las aguas del estero Pupío y que no existe riesgo de contaminación del agua superficial o de las napas subterráneas producto del depósito de relaves en el tranque El Mauro, despejando otro de los puntos importantes de la resolución del máximo tribunal del país.

Con respecto a la calidad de las aguas superficiales, en el fallo se cita el peritaje que éste “estima que las obras conformadas por el tranque de relaves, embalse de colas y canales de contorno, no constituyen una fuente de riesgo respecto de la contaminación de los recursos, dado que permiten derivar el flujo de la cuenca alta hacia aguas abajo del tranque El Mauro, sin que exista contacto con el relave”.

En relación al riesgo de inundaciones provocadas por crecidas de los cauces, se plantea en el peritaje que no existiría una condición negativa para la localidad de Caimanes ya que las obras existentes disminuyen este riesgo.

Sobre el proyecto hidráulico y obras de defensa, el informe del experto indica que “desde el punto de vista del transporte de las aguas, el proyecto permite mantener el flujo continuo hacia la localidad de Caimanes”.

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